Pensión de viudedad: requisitos y cómo solicitarla
La pensión de viudedad es una prestación económica de la Seguridad Social para el cónyuge superviviente. Te explicamos quién puede solicitarla, cuánto se cobra y cómo tramitarla.
¿Qué es la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad es una prestación económica que la Seguridad Social española paga al cónyuge o pareja de hecho superviviente cuando fallece la persona con la que mantenía el vínculo. Es una de las pensiones más extendidas del sistema de la Seguridad Social.
Su objetivo es compensar la pérdida de ingresos que supone el fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.
Requisitos para cobrar la pensión de viudedad
Para tener derecho a la pensión de viudedad deben cumplirse requisitos tanto del fallecido como del solicitante.
El fallecido debía estar dado de alta en la Seguridad Social (o en situación asimilada) y haber cotizado un mínimo de 500 días en los 5 años anteriores al fallecimiento. Si la muerte fue por accidente o enfermedad profesional, no se exige periodo mínimo de cotización.
- Si estaban casados: se exige matrimonio, salvo que haya hijos en común.
- Si eran pareja de hecho registrada: deben acreditar al menos 2 años de convivencia y estar inscritos en el registro correspondiente.
- Si estaban separados o divorciados: pueden tener derecho si percibían pensión compensatoria que se extingue con el fallecimiento.
¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad?
La cuantía de la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora del fallecido. El porcentaje general es del 52% de la base reguladora.
Este porcentaje puede incrementarse al 60% si el beneficiario tiene 65 años o más y no tiene derecho a otra pensión pública. También puede ser del 70% si tiene cargas familiares y la pensión es su principal fuente de ingresos.
La pensión mínima de viudedad en 2026 para menores de 60 años es de aproximadamente 600 euros al mes. Para mayores de 65 años con cargas familiares, la cuantía mínima supera los 900 euros mensuales.
Consejo: La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta del trabajo y con otras pensiones. No se pierde por trabajar.
Cómo solicitar la pensión de viudedad
La pensión de viudedad se solicita en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su sede electrónica.
- Rellenar el modelo de solicitud de pensión de viudedad.
- Presentar el certificado de defunción.
- DNI del solicitante y del fallecido.
- Libro de familia o certificado de matrimonio.
- Certificado de la empresa del fallecido o vida laboral.
- Declaración de la renta del solicitante (en algunos casos).
Plazos y retroactividad
No existe un plazo límite para solicitar la pensión de viudedad. Sin embargo, los efectos económicos dependen de cuándo se presente la solicitud.
Si se solicita dentro de los 3 primeros meses desde el fallecimiento, se cobra desde el día siguiente al fallecimiento. Si se solicita después, se cobra desde los 3 meses anteriores a la solicitud, perdiendo las mensualidades intermedias.
Consejo: Solicita la pensión lo antes posible para no perder mensualidades. Si no tienes toda la documentación, puedes presentar una solicitud provisional.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de pensión de viudedad?
El porcentaje general es del 52% de la base reguladora del fallecido. Puede ser del 60% para mayores de 65 sin otra pensión, o del 70% con cargas familiares. La pensión mínima ronda los 600-900 euros al mes según circunstancias.
¿Se pierde la pensión de viudedad al trabajar o al volver a casarse?
La pensión de viudedad es compatible con cualquier trabajo y renta. Sin embargo, se extingue si se contrae nuevo matrimonio o se constituye pareja de hecho, salvo excepciones (mayores de 61 años, discapacidad, pensión como fuente principal de ingresos).
¿Tienen derecho a pensión de viudedad las parejas de hecho?
Sí, siempre que la pareja de hecho estuviera inscrita en el registro correspondiente al menos 2 años antes del fallecimiento y acrediten una convivencia mínima de 5 años.
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